El Comité de Crisis de Balnearia ante la resolución 01/2020 informó este domingo:
- ARTICULO 1º: EXTREMAR todas las medidas de control con la actuación conjunta de las distintas autoridades que conforman el Comité de Crisis Local: Fuerzas Policiales, Bomberos Voluntarios, GERS y Autoridades Municipales.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
- ARTÍCULO 2º: DETERMÍNESE la suspensión por el término de 72 hs a contar desde la fecha de las actividades de esparcimiento y deportivas, reuniones familiares y locales comerciales (restaurantes –bares) y/o todo otro de máxima concurrencia y que no sean los comercios que se encuentran exceptuados conforme Decreto nacional. – – – –
- ARTICULO 3º: REQUIÉRASE la colaboración de los comercios que se encuentran dentro de los rubros flexibilizados, a restringir horarios de atención, extremar medidas sanitarias y de control e higiene con motivo de evitar la posible propagación del virus.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
- ARTICULO 4º: RESTABLECER con el trabajo conjunto entre el cuerpo de bomberos voluntarios de la Localidad de Balnearia y personal municipal a fin de efectuar luego del cierre diario de los locales comerciales, la desinfección e higiene con cloro de veredas y parte de la calle.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
- ARTICULO 5º: ORDENAR que inspectores municipales, personal policial y demás fuerzas procedan a reforzar la vigilancia en los ingresos del pueblo, controlando así, que solo ingrese: quienes tienen la finalidad de abastecer de mercaderías, a quienes pasan con destino a otra localidad, a quienes prestan servicios de salud, y/o quienes persiguen fines asistenciales, en aras de mitigar el tránsito de personas sin fundamento y/o justificativo en la localidad de Balnearia. Asimismo se extremarán medidas de control de documentación vehicular, y de permisos de tránsito de todos los ocupantes vehiculares, toma de temperatura, datos y control de olfato.- – – – – – – – –
- ARTICULO 6º: REFUÉRCESE todas las medidas de control y preventivas que se consideren necesarias para coadyuvar con la situación que nos ocupa.- – – – – – – – –
Todas estas medidas fueron realizadas por el Comité de Crisis de Balnearia porque consideró diferentes puntos:
- Que ante la realidad de hecho que atraviesa la localidad de Balnearia, ante el primer caso Positivo de COVID 19 y dado la cantidad de personas hisopadas en el día de la fecha por contacto estrecho con el mismo;
- Que personal integrante del COE Regional San Francisco se ha trasladado a nuestro nosocomio local Hospital Municipal San José de Balnearia con motivo de efectivizar los hisopados a una cantidad importante de personas, que manifiestan haber tenido contacto estrecho con el positivo;
- Que a su vez, dichos contactos, han tenido múltiples contactos estrechos con habitantes de nuestra localidad, lo que podría sin duda implicar un brote masivo en Balnearia;
- Que la velocidad en el posible agravamiento de la situación requiere por parte del Comité de Crisis de Balnearia, de la adopción de medidas preventivas y paliativas dictadas en el marco de la emergencia sanitaria que nos atraviesa con un exhaustivo control en aras del cumplimiento del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”;
- Que es de público conocimiento la cantidad de personas que transgreden con las medidas adoptadas a nivel nacional, provincial y local;
- Que en virtud de ello resulta menester restringir y ordenar el horario de atención comercial, suspender la apertura de Restaurantes-Bares por el término de 72 hs. permitiendo su actividad solo por dellivery y/o take Way; suspender reuniones familiares y actividades de esparcimiento y deportivas; efectuar un mayor control; proceder inmediatamente al cierre de cada local comercial, a la desinfección de veredas y parte del asfalto; efectuar un mayor y más efectivo control de los accesos y circulación en la localidad, restringiendo solo el tránsito y/o ingreso a quienes justifiquen su destino, abastecimiento de alimentos, asistencia médica y/u otro motivo de los que permitan exceptuarlos;
- Que este Comité de Crisis entiende que toda medida restrictiva, preventiva y de control adoptada en el marco de la presente emergencia se encuentra ajustada a derecho, por lo que no puede considerarse extremada y/o abusiva, ya que tiende a mitigar y/o coadyuvar con la situación general de la localidad;