DESDE HOY YA RIGE EL COBRO DEL MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE LA CUARENTENA.

Las multas rondan los 5 mil a 500 mil pesos a quienes transgredan protocolos sanitarios o de seguridad en toda la provincia de Córdoba.

El Gobierno de la Provincia de Córdoba informa que desde hoy, lunes, comienza a regir de manera efectiva las multas dispuestas por la ley 10.702 que establece el Régimen Sancionatorio ante la Emergencia Sanitaria por Covid-19.

Esta medida se extenderá mientras dure el Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas creado por decreto 156/2020 y ratificado por ley 10.690, a través de la cual la Provincia adhirió a la Emergencia Pública Sanitaria decretada por la Nación.

Las multas previstas en esta ley provincial oscilan entre los 5 mil y los 500 mil pesos, y se impondrán al detectarse conductas que transgredan protocolos de seguridad o sanitarios.

En su primer artículo, la ley establece que será pasible del régimen sancionatorio excepcional “toda persona humana o jurídica que incumpla alguno de los protocolos de actuación, disposiciones y resoluciones del Centro de Operaciones de Emergencias central (COE) dentro del territorio de la provincia de Córdoba”.

En detalle, la nueva ley sanciona:

Multas de 5 mil y 10 mil pesos, por el incumplimientos de medidas de protección personal.

Multas de 5 mil a 50 mil pesos, por el incumplimiento de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales .

Multas de 10 mil a 100 mil pesos, por el incumplimiento de medidas de prevención en relación a reuniones familiares o de cualquier tipo.

Multas de 50 mil a 500 mil pesos, por el incumplimiento de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial.

Multas de 20 mil a 200 mil pesos, por el incumplimiento de cuarentena, aislamiento sanitario estricto y cualquier otra indicación epidemiológica.

La ley también incluye descuentos del 50 por ciento en las multas cuando el infractor pague en forma voluntaria.

También contempla una morigeración de las sanciones para quienes aporten “información, datos o requerimientos relevantes” a la Autoridad Sanitaria Provincial, de utilidad para la investigación epidemiológica. Podrán lograr reducciones en las multas “a la mitad de la escala sancionatoria prevista para cada caso”, según estipula la ley.

En casos de reincidencia, el importe de las multas se duplicará.

Según señala el Gobierno provincial, los recursos obtenidos a través de las multas se destinarán al Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.

Autoridades

La autoridad de aplicación de la ley 10.702 es el Ministerio de Salud de Córdoba, mientras que la autoridad de control es el Ministerio de Seguridad provincial.

Los Juzgados Provinciales de Faltas intervinientes en las infracciones de tránsito tendrán competencia para juzgar faltas establecidas en el régimen sancionatorio excepcional.

Además, la ley 10.702 crea la Comisión de Seguimiento del Régimen Sancionatorio Excepcional Covid-19, que estará integrada por el presidente provisorio de la Legislatura, tres legisladores del bloque mayoritario, dos legisladores del bloque de la primera minoría, un legislador del bloque de la segunda minoría, un legislador por los bloques restantes, un miembro del COE, uno del Ministerio de Salud y uno del Ministerio de Seguridad.

La norma se aprobó el 8 de julio en la Legislatura provincial y busca proteger la salud pública. El pasado 17 de julio se puso en marcha, pero durante estos primeros 10 días las multas fueron condonadas.

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