CONTROL DE PRECIOS A LOS COMERCIOS, UNO DE LOS DECRETOS QUE FIRMÓ EL MUNICIPIO.

El intendente Miguel Méndez firmó dos nuevos decretos referidos a la pandemia que estamos atravesando. Uno de ellos es el control de precios a los comercios y el otro es la adhesión a la última medida adoptada por el Presidente Fernández referido a la extensión de la cuarentena. Además el ordenamiento del público en bancos, mutuales, que desde este lunes ya abrieron sus puertas.

Con respecto a la medida sobre control de precios, el ejecutivo resalta en el decreto 048/2020 que a partir de la fecha “ordena a Inspectores Municipales, para que se constituyan en los comercios minoristas y/o mayoristas, farmacias o proveedores ubicados en jurisdicción de la Municipalidad de Balnearia, y así controle la debida aplicación de la Resolución 100/2020 del Ministerio De Desarrollo Productivo a través, Secretaría de Comercio Interior, especialmente en lo que hace a los productos esenciales relativos a la emergencia sanitaria y alimentos que componen la canasta básica, en relación a la existencia y precios máximos de los mismos”. Destaca también sobre quienes cometan infracciones podrán ser sancionados con la clausura del local. Además, habrá

De la misma forma, en sus artículo 3° manifiesta de DISPONER a Asesoría Letrada, que en caso de resultar pertinente, efectúe denuncia de los infractores ante la Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia de Córdoba, y/ ante Fiscalía de Instrucción de la ciudad de Morteros de conformidad a lo dispuesto por la Ley 20.680 y el Código Penal de la República Argentina, tanto en relación a los comercios minoristas como a sus proveedores.- – – – –

También, se dará a conocer públicamente un listado con los infractores “para que los consumidores y comerciantes minoristas no sean sorprendidos en su buena fe, hasta tanto se apliquen las sanciones que correspondieran conforme a derecho”.

El otro decreto que firmó el Ejecutivo Municipal trata específicamente sobre el ordenamiento de cobros en entidades recaudatorias.

“…deberán ser organizadas por terminación del D.N.I. para el caso de las personas físicas, y de la C.U.I.T. para las personas jurídicas, de acuerdo al siguiente orden: lunes para los que terminen en 0 y 1; martes los que terminen en 2 y 3; miércoles 4 y 5; jueves 6 y 7 y los días viernes terminaciones en 8 y 9.”

Por otra parte, las entidades recaudatorias Públicas y Privadas deberán cumplir “con todas las medidas de seguridad y prevención, distanciamiento entre personas, con la colocación de alcohol en gel, y/u otro desinfectante admitido, a disposición de la gente; y otras medidas dictadas por el Gobierno Nacional, Provincial y/o local a fin de minimizar los riesgos de contagio del COVID-19” De la misma forma, “adoptar todas aquellas medidas de higiene, ventilación y desinfección de los recintos” refiere así el Decreto Municipal 047/2020.

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