BALNEARIA: BENEFICIOS IMPOSITIVOS PARA ACTIVIDADES RESTRINGIDAS
El Municipio informó este jueves que adhirió a la aplicación de los Decretos Provinciales que establecen beneficios impositivos desde el 1° de mayo hasta el 31 de agosto, para actividades y comercios afectados, en virtud de la situación de emergencia sanitaria. Lo que implica la exención en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en consiguiente, el componente municipal.
Según se detalló, esto incluye a las siguientes actividades:
- Salones de baile.
- Bares, confiterías y restaurantes.
- Gimnasios, natatorios y canchas.
- Escuelas de danza, canto y teatro.
- Enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas.
- Academias de idioma
- Centros de formación profesional y academias de oficios.
Para más información sobre el decreto, dirigirse al edificio municipal.
































Hasta la mañana del miércoles fueron distribuidas en todo el país 17.895.790 vacunas y las aplicadas totalizan 15.012.734.



Alberto Fernández destacó que la presencia de su par español Pedro Sánchez es la “continuidad” de una relación de compromiso iniciada desde que llegó a la Casa de Gobierno.